DICTAMEN
6/22, DE 8 DE ABRIL, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE
REGULAN LA AUTORIZACIÓN Y EL REGISTRO DE INTERMEDIARIOS DE
CRÉDITO INMOBILIARIO Y DE PRESTAMISTAS INMOBILIARIOS DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, Y LAS FUNCIONES DE SUPERVISIÓN
Y SANCIÓN A LOS MISMOS.
El
23 de marzo de 2022 tuvo entrada en el Consejo Económico y
Social Vasco escrito del Departamento de Economía y Hacienda,
solicitando informe sobre el Proyecto de Decreto por el que se
regulan la autorización y el registro de Intermediarios de
Crédito Inmobiliario y de Prestamistas Inmobiliarios de la
Comunidad Autónoma de Euskadi, y las funciones de supervisión
y sanción a los mismos, según lo establecido en el
artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo
Económico y Social Vasco.
El
objeto de esta norma es la creación y regulación del
Registro administrativo de intermediarios de crédito
inmobiliario y del Registro de prestamistas inmobiliarios de la
Comunidad Autónoma de Euskadi, así como la regulación
de las competencias de ejecución en materia de supervisión,
seguimiento de la actividad, inspección y sanción de
los intermediarios de crédito inmobiliario y de los
prestamistas inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de
Euskadi.
De
manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros
del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y
opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo
pertinente, según lo establecido en el Reglamento de
Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. El 5 de
abril de 2022 se reúne la Comisión de Desarrollo
Económico y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el
presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del
Consejo de 8 de abril donde se aprueba por unanimidad.
(Ver
Dictamen 6/22 completo)