DICTAMEN
10/24 DE 16 DE SEPTIEMBRE, SOBRE PROYECTO DE DECRETO DE ORDENACIÓN
DE LA APICULTURA
El
17 de julio de 2024 tuvo entrada en el Consejo Económico y
Social Vasco escrito del Departamento de Alimentación,
Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, solicitando informe sobre el
“Proyecto de Decreto de ordenación de la apicultura”.
La
norma que se nos consulta tiene por objeto, según se expone en
su artículo 1, la
ordenación de la apicultura y el establecimiento de requisitos
mínimos higiénico-sanitarios para los locales de
extracción y envasado ubicados en las dependencias de la
explotación apícola.
Las
disposiciones contenidas en el presente decreto son de aplicación
a las explotaciones apícolas radicadas en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi que lleven a
cabo producción primaria, así como aquellas
explotaciones en las que se realicen las operaciones conexas
siguientes:
La
apicultura propiamente dicha, que incluye todas las actividades
relacionadas con el manejo de las colmenas, incluso en caso de que
las colmenas se encuentren lejos de las propias instalaciones de la
explotación.
La
centrifugación, extracción, envasado y embalaje de la
miel y otros productos procedentes de la apicultura, en las propias
instalaciones de la explotación.
De
manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros
del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y
opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo
pertinente, según lo establecido en el Reglamento de
Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco.
El
día 11 de septiembre 2024 se reúne la Comisión
de Desarrollo Económico y, a partir de los acuerdos adoptados,
se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación
al Pleno del Consejo de 16 de septiembre donde se aprueba por
unanimidad.
(Ver
Dictamen 10/24 completo)