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DICTAMEN 10/24 DE 16 DE SEPTIEMBRE, SOBRE PROYECTO DE DECRETO DE ORDENACIÓN DE LA APICULTURA

El 17 de julio de 2024 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto de ordenación de la apicultura”.

La norma que se nos consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo 1, la ordenación de la apicultura y el establecimiento de requisitos mínimos higiénico-sanitarios para los locales de extracción y envasado ubicados en las dependencias de la explotación apícola.

Las disposiciones contenidas en el presente decreto son de aplicación a las explotaciones apícolas radicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi que lleven a cabo producción primaria, así como aquellas explotaciones en las que se realicen las operaciones conexas siguientes:

  • La apicultura propiamente dicha, que incluye todas las actividades relacionadas con el manejo de las colmenas, incluso en caso de que las colmenas se encuentren lejos de las propias instalaciones de la explotación.

  • La centrifugación, extracción, envasado y embalaje de la miel y otros productos procedentes de la apicultura, en las propias instalaciones de la explotación.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco.

El día 11 de septiembre 2024 se reúne la Comisión de Desarrollo Económico y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo de 16 de septiembre donde se aprueba por unanimidad.

(Ver Dictamen 10/24 completo)