DICTAMEN
5/24 DE 5 DE MARZO SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA
LA AYUDA ECONÓMICA PARA LOS HIJOS E HIJAS HUÉRFANAS DE
VÍCTIMAS MORTALES DE LA VIOLENCIA MACHISTA CONTRA LAS MUJERES
El
13 de febrero de 2024 tuvo entrada en el Consejo Económico y
Social Vasco escrito del Departamento de Igualdad, Justicia y
Políticas Sociales, solicitando informe sobre el “Proyecto
de Decreto por el que se regula la ayuda económica para los
hijos e hijas huérfanas de víctimas mortales de la
violencia machista contra las mujeres”, según lo
establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de
mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.
La
norma tiene por objeto la regulación de la ayuda económica
para las hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales
de la violencia machista contra las mujeres, prevista en el artículo
61.4 b) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y
Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres,
determinando los requisitos y condiciones, así como el
procedimiento aplicable para su concesión.
De
manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros
del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y
opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo
pertinente, según lo establecido en el Reglamento de
Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. El día
29 de febrero 2024 se reúne la Comisión de Desarrollo
Social y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente
Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo de
5 de marzo donde se aprueba por unanimidad.
(Ver
dictamen 5/24 completo)