El Consejo considera adecuada la tramitación de este Proyecto de Decreto con las consideraciones que ha efectuado.
El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula la pesca profesional de la angula en la CAPV y se crea el registro de personas pescadoras profesionales de la angula”, elaborado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Tras analizarlo, el Consejo considera adecuada su tramitación, con las consideraciones efectuadas en el dictamen.
El CES Vasco comparte el objetivo de esta norma de garantizar la sostenibilidad en la pesca de la angula y valora positivamente la adaptación de la normativa en vigor en la CAPV a las exigencias comunitarias en este ámbito, profesionalizando la pesca de la angula e impulsando un Registro administrativo de las licencias concedidas.
Mientras que la normativa vigente (Decreto 41/2003) se refiere a la pesca recreativa de la angula, este Proyecto de Decreto pasa a regular una pesca exclusivamente profesional, desde tierra y desde embarcación, con especificaciones muy limitadas en cuanto a cuencas habilitadas, artes empleadas y volumen de capturas, entre otras cuestiones. Su propósito es, por tanto, garantizar el ejercicio de una pesca profesional y responsable de la angula, dentro de los límites legalmente establecidos hasta la fase final de comercialización.
Si bien el Consejo considera adecuada la tramitación del anteproyecto, introduce algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado.
Así, el CES no entiende por qué en el caso de la pesca de la angula desde embarcación los requisitos para la profesionalización sean diferentes de los exigidos a otras actividades pesqueras. En concreto, se recomienda que el articulado mencione expresamente que la embarcación de la persona titular de la licencia debe estar inscrita en alguno de los Registros administrativos de matrícula de embarcaciones de los distritos marítimos de la CAPV. También sería recomendable que se exija que la persona titular de la licencia posea, además de la titulación para manejar la embarcación, la titulación de pesca correspondiente. Además, el CES considera conveniente que la resolución para establecer el cupo anual de capturas fije también el número máximo de licencias a distribuir.
(Últimos dictamenes)