El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto de normalización del uso del euskera en el sector público vasco”, elaborado por el Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo considera inadecuada la tramitación en los términos en que ha sido concebida, y considera necesario que se tengan en cuenta las cuestiones señaladas en el dictamen para su desarrollo, entre las que destaca, la necesidad de realizar un proceso previo de negociación con los agentes sociales.
La finalidad de la norma, según se señala en la misma, es adaptar los criterios de la normalización lingüística a los nuevos tiempos y asegurar la coordinación de todo el sector público vasco, con una triple finalidad. Por un lado, garantizar el uso oficial del euskera y del castellano sin ninguna discriminación institucional para con los y las ciudadanas en sus relaciones con las entidades del sector público vasco; por otro lado, situar el euskera como lengua de servicio y de trabajo de uso normal y general en la actuación de las entidades del sector público vasco; y por último, alcanzar la igualdad real en cuanto a la garantía de los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas en el ámbito de actuación de las entidades del sector público vasco.
En su informe, el CES comparte con la norma la necesidad de actualizar el sistema de perfiles lingüísticos del personal funcionario a los nuevos tiempos. No obstante, considera imprescindible en la norma un amplio consenso social sobre la base de la compatibilidad y respeto de todos derechos, tales como el de la ciudadanía a ser atendida por la Administración en la lengua de su elección; los derechos laborales y al derecho al trabajo de los y las empleadas públicas —tanto euskaldunes como castellanoparlantes—; y los derechos de las personas aspirantes a trabajar para la Administración.
En cuanto a los derechos de los y las trabajadoras, el órgano consultivo advierte que se está estableciendo un ritmo muy acelerado para lograr el objetivo del bilingüismo entre las personas trabajadoras del sector público vasco, y que establecer el euskera como lengua de servicio y de trabajo en detrimento del castellano, puede perjudicar gravemente a las personas trabajadoras que no dominen el euskera. A su juicio, este último aspecto vulnera la libre elección de los y las trabajadoras en el ámbito privado del trabajo, y supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
En cuanto a las obligaciones lingüísticas recogidas en la norma y que afectan al ámbito empresarial, el CES considera necesario que la regulación compatibilice la promoción del euskera con el desarrollo de la actividad económica y empresarial. Para ello, establece como imprescindible que la Administración conozca la realidad económico-productiva desde un diálogo abierto con los distintos sectores implicados, así como el impacto económico a la hora de establecer las obligaciones lingüísticas consideradas.
Además, el órgano consultivo vasco estima necesario considerar otros aspectos en el ámbito empresarial, como que las obligaciones encuentren una causa objetiva y justificada en el objeto del contrato (y también de la subvención o convenio), y no en ningún otro tipo de consideración; que el nivel de exigencia a establecer en las empresas contratistas no sea el mismo que el establecido para la Administración Pública; y que se considere la realidad socio-lingüística de los territorios para el diseño y despliegue de las obligaciones lingüísticas del sector privado.
Por otro lado, el consejo vasco considera imprescindible que el principio de autoorganización de cada entidad pública en lo relativo a la implantación de los perfiles lingüísticos, sea supervisado/coordinado por algún tipo de órgano superior.
Por último, el CES estima conveniente una revisión general de la redacción de numerosos artículos, la mayoría de contenido novedoso, que inducen a la confusión y no garantizan la debida seguridad jurídica.