El CES Vasco estima necesario asegurar la adecuada representación de los agentes sociales y económicos, y recomienda contar con la participación de organizaciones especializadas en medio ambiente.
El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula la composición del Consejo Asesor de Medio Ambiente, el procedimiento de designación de sus miembros, su organización y su funcionamiento”, elaborado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco. En su respuesta, el CES estima necesario reelaborar la norma tomando en consideración las cuestiones esenciales indicadas en el dictamen.
El Proyecto de Decreto tiene como objetivo detallar la composición del Consejo Asesor del Medio Ambiente que se definió de manera genérica en la Ley de Administración Ambiental de Euskadi de 2021, así como regular el procedimiento de designación de sus miembros, su organización y su funcionamiento. En ese sentido, el CES vasco advierte que la norma no cumple con el fin de precisar con la necesaria concreción y claridad la composición del Consejo Asesor de Medio Ambiente, ni con el de determinar los criterios de designación de sus miembros.
En lo referido a las cuestiones esenciales a tener en cuenta y a la concreción de la composición del órgano, el CES considera que la norma debe establecer que los miembros del Consejo Asesor de Medio Ambiente pertenezcan a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Asimismo, estima necesario, manteniendo la paridad, revisar el número de representantes empresariales y sindicales, y definir los criterios de acceso y de reparto de la representación, con el objetivo de constituir un órgano consultivo transversal, que incluya en su seno intereses diversos y multisectoriales de manera equitativa.
En concreto, el CES sugiere revisar al alza el número de representantes, considerando que el número establecido es de tres personas tanto para las organizaciones empresariales, como sindicales, y visto que Euskadi cuenta con cuatro sindicatos más representativos. Además, el CES recomienda contar con la participación de organizaciones especializadas en medio ambiente, con el objetivo de enriquecer las labores del Consejo medioambiental.
Por otro lado, el CES considera necesario incorporar en la Memoria justificativa del Proyecto de Decreto la justificación de la composición del órgano consultivo de Medio Ambiente, incluyendo los tipos de representación y las organizaciones concretas representadas, el número de miembros de cada una de ellas, y los criterios para la designación de los mismos y de la persona titular de su presidencia, tal y como recoge el informe jurídico que acompaña la tramitación de la norma.
En cuanto al funcionamiento del Consejo medioambiental, el CES opina que la norma debería recoger un contenido mínimo sobre el mismo que garantice el adecuado funcionamiento del órgano, así como concretar lo referido a la constitución de comisiones o grupos de trabajo. En relación a estos, el CES sugiere elevar el número de reuniones obligatorias/mínimas anuales (actualmente son tres), teniendo en cuenta las numerosas cuestiones de interés que en relación con el medio ambiente se suscitarán en los próximos años.