El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto del derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda”, en el que considera adecuada su tramitación.
El Decreto tiene como fin regular el derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda, ya sea mediante la adjudicación de una vivienda en régimen de alquiler, mediante la atribución de un alojamiento dotacional con canon, o a través de una prestación económica de vivienda, cuando la atribución de vivienda o alojamiento dotacional no sea posible.
Para valorar la necesidad de tramitar el Proyecto de Decreto, el Consejo ha examinado el contexto económico-social y jurídico en el que se incardina. En el primero de ellos, el CES hace alusión a la dificultad en la que se encuentra la población para acceder a una vivienda, señalando que no es una cuestión que afecte únicamente a las capas más empobrecidas. En lo referido al marco jurídico, destaca que, el derecho a disfrutar de una vivienda constituye un derecho objeto del más alto reconocimiento, pero cuya materialización real y efectiva persiste como un reto pendiente del conjunto de nuestra sociedad, lo que requiere de una actuación positiva por parte de los poderes públicos.
La Ley vasca de Vivienda de 2015 representa un salto cualitativo importante en el camino hacia la materialización práctica del derecho al disfrute de una vivienda digna, y el Proyecto de Decreto constituye el complemento necesario para la plena eficacia de las disposiciones de esta Ley, lo que el Consejo valora positivamente.
El Consejo señala que el Decreto, desarrolla reglamentariamente las disposiciones relativas al derecho subjetivo de acceso legal a la vivienda de la Ley de Vivienda de Euskadi, aportando a los requisitos para el acceso a la titularidad de tal derecho la concreción necesaria para su aplicación práctica y estableciendo los procedimientos pertinentes para su reconocimiento, verificación y cumplimiento.
Además, el CES observa con agrado que el Proyecto de Decreto no se limite al desarrollo de los aspectos relacionados con la adjudicación de vivienda o a la atribución de alojamiento dotacional, sino que incluye también el relativo a la prestación económica de vivienda, a conceder cuando no sea posible la adjudicación de vivienda o alojamiento para la residencia habitual. En ese sentido, el CES advierte que la prestación económica debe mantenerse como alternativa a la adjudicación de vivienda habitual, de manera que la atribución de vivienda sea siempre la medida preferente.
Asimismo, el dictamen valora el esfuerzo por articular la sustitución de la actual Prestación Complementaria de Vivienda de la RGI por la prestación económica de vivienda, lo que aporta instrumentos de carácter estructural a todos los colectivos sin recursos suficientes para abordar sus necesidades de vivienda, y por diseñar un tránsito coordinado y pacífico entre ambas prestaciones.
En cuanto al contenido del decreto, el CES considera que la exposición de motivos debería centrarse en las cuestiones propias de la normativa y evitar las relativas al proceso interno de elaboración del mismo. Además, el Consejo cree necesaria la explicación de los criterios adoptados para configurar la nueva regulación, de modo que se reduzcan incoherencias y se persiga el fin para el que se ha confeccionado, que es evitar la exclusión social.
El dictamen subraya varias cuestiones a explicar, como es la edad mínima fijada para acceder al derecho subjetivo y a la prestación económica, la cuantía máxima mensual de esta, o las razones por las que se exigen un año de residencia efectiva o 3 años de antigüedad en la inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda. En relación a ello, el Consejo considera que algunos de los requisitos requeridos presentan incongruencias y no parecen acordes con el fin del Proyecto de Decreto.
Por último, el CES opina que el documento es complejo y cree necesario revisar su arquitectura para que resulte una norma clara, concreta y completa, y transmita adecuadamente a las personas interesadas la información necesaria.