El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias”, elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo considera adecuada la tramitación de este Anteproyecto de Ley, con algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado.
La finalidad del anteproyecto es la de regular la protección, defensa y promoción de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sustituyendo la actual regulación, recogida en la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias, que quedaría así derogada. Esta nueva regulación del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias se fundamenta en la modificación sustancial de la perspectiva de la protección de los derechos en materia de consumo y los cambios motivados por la normativa europea.
La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias se consagra como uno de los principios rectores de la política social y económica, que exige disponer de un marco jurídico adecuado. En su informe el CES constata las profundas transformaciones en este ámbito y apunta cómo “durante los 18 años que median entre la ley actualmente vigente y el anteproyecto de ley, tanto el marco normativo como las prácticas de consumo han experimentado profundos cambios”, y añade en este sentido, “baste observar la incidencia que la pandemia ha ejercido sobre los patrones de consumo en los últimos 18 meses, muchos de ellos con vocación de permanencia, más allá de las circunstancias puntuales que los han motivado, para darse cuenta de la rapidez e intensidad de las transformaciones” .
Del mismo modo, se subraya el hecho de que “La sensibilidad del consumidor hacia las más recientes tendencias, coherentes con un consumo más responsable, sostenible y respetuoso con el medio ambiente, exigen un compromiso de la política de consumo con nuevos valores y principios, y su reflejo normativo”.
OPORTUNIDAD DE LA NORMA
Por todo ello, el consejo consultivo vasco considera que la iniciativa legislativa es oportuna y necesaria tanto para adaptar la misma al nuevo marco normativo de referencia como para responder a los cambios que el transcurso del tiempo ha generado en las formas de consumir y de percibir el consumo, y permitir ofrecer a los operadores y sujetos de las relaciones de consumo de Euskadi una normativa perfectamente alineada con la imperante en nuestro entorno europeo y con formulaciones jurídicas adaptadas a las nuevas realidades del mercado y las nuevas sensibilidades y tendencias en el consumo.
El dictamen del CES incorpora una serie de consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado. Así, por ejemplo, en el artículo 3 que definen los servicios de carácter básico de interés general, considera que deben incluirse también los servicios de telefonía. Dentro de los derechos objeto de especial protección, además de los productos alimenticios, se sugiere añadir los productos farmacéuticos y medicamentos a los productos a los que debe prestarse especial atención al etiquetado, información, publicidad, composición y calidad.
Por otro lado, el CES sugiere en varios puntos del articulado modificaciones que tienen que ver con la promoción, sensibilización y educación en el consumo responsable. Concretamente en la enumeración de los objetivos de las actuaciones de educación y formación, se indica: “entendemos necesario ampliar la enumeración de objetivos a cuya consecución ha de orientarse la educación y la formación de las personas consumidoras y usuarias e incluir objetivos relacionados con el consumo respetuoso con el medio ambiente, la evitación del despilfarro alimentario, la sostenibilidad, la responsabilidad social, el fomento de la economía circular de los bienes de consumo hacia un consumo sostenible”, detalla el CES.