El Consejo Económico y Social vasco considera adecuada la tramitación del proyecto de Decreto para la Prevención y corrección de la Contaminación del Suelo, con las consideraciones que este órgano consultivo ha efectuado. El texto ha sido elaborado por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco.
El CES recuerda que la contaminación de los suelos ha supuesto un problema grave en la CAPV, sobre todo, por la herencia de suelos contaminados de la época industrial. La adopción de medidas preventivas y de descontaminación a partir de los años noventa ha resultado clave para reconducir el problema, así como la elaboración de una legislación específica en la materia. Así, la Ley para la Prevención y corrección de la Contaminación del Suelo (Ley 4/2015, de 25 de junio) prevé un desarrollo reglamentario referido, principalmente, a los instrumentos necesarios para conocer y controlar la calidad del suelo y a los procedimientos administrativos en materia de calidad del suelo. El CES valora positivamente la iniciativa reglamentaria presentada, “cuya regulación considera globalmente positiva”, sin perjuicio de algunas consideraciones incluidas en el dictamen.
Una de ellas está relacionada con el Informe Base exigido antes de iniciar una actividad susceptible de contaminar el suelo. Ese documento refleja la situación del suelo antes de iniciar la actividad y sirve para el seguimiento y comparación de su estado hasta el cese. En relación con este informe, el CES entiende que el decreto vasco “establece requisitos más exigentes que los previstos en la propia legislación europea” y recuerda que la normativa europea ha desarrollado un régimen regulatorio que permite desarrollar una actividad económica y cumplir con las exigencias de cuidado de los suelos y aguas subterráneas. En este sentido, el Consejo cree que el proyecto dictaminado “no explica las razones que motivan la aplicación a las empresas vascas de un número de obligaciones más allá de las marcadas por la Unión Europea”, por lo que solicita al ejecutivo una explicación al respecto.
El dictamen también se refiere a algunas disposiciones contenidas en el articulado del decreto, “que requerirían de un mayor nivel de concreción”. Entre ellas figura la ausencia de plazos para las labores de descontaminación de los suelos, teniendo en cuenta el volumen contaminado y las técnicas de descontaminación que se deben emplear.