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Notas de Prensa
martes, 17 abril 2018
  • La norma regula las distintas modalidades de acogimiento familiar, así como el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en los casos de acogimiento familiar de menores de edad que se encuentren bajo su tutela o guarda.
  • El CES considera que el decreto debería incorporar otras posibilidades de acogimiento, como las de fin de semana y por periodos vacacionales, y señala que los criterios para valorar la adecuación de las familias o personas acogedoras suponen una discriminación de las personas con discapacidad para adquirir la condición de persona acogedora.

El Consejo Económico y Social vasco considera adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto por el que se regula el Acogimiento Familiar en la CAPV”, con las consideraciones que este órgano consultivo ha efectuado. El proyecto ha sido elaborado por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.

El objetivo de esta norma es regular las distintas modalidades de acogimiento familiar, así como el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en los casos de acogimiento familiar de personas menores de edad que se encuentren bajo su tutela o guarda. En su respuesta, el CES recuerda que desde la aprobación de ley vasca de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia (Ley 3/2005, de 18 de febrero) hace más de doce años, el acogimiento familiar no ha sido objeto de desarrollo normativo, “lo que ha impedido avanzar, de forma conjunta y paralela en los tres Territorios Históricos, en dicho ámbito de protección”.

 

Acogimiento en fin de semana y vacaciones

 

El decreto analizado se enmarca en el desarrollo de la ley antes mencionada e incorpora las modificaciones derivadas de los cambios producidos en la normativa estatal en este ámbito. Además, el CES entiende que la nueva norma va en línea con el informe del Ararteko, del año 2015, que recomendaba priorizar la atención de las personas menores en familias particulares y, por todo ello, valora positivamente el proyecto de decreto, aunque señala en el dictamen algunas carencias del mismo. Entre estas, la no inclusión en el texto de otras posibilidades de acogimiento, como son las de fin de semana y por periodos vacacionales; unas modalidades que el decreto debería incorporar, a juicio del órgano consultivo vasco.

Acogimiento por personas con discapacidad

El proyecto del ejecutivo incide en la valoración psicosocial de la adecuación de las familias o personas acogedoras y, en este apartado, la norma señala unos criterios que limitan la idoneidad de las familias acogedoras en el caso de que las personas que se ofrezcan para el acogimiento o quienes convivan con ellas presenten una discapacidad física, psíquica o intelectual. El CES entiende que estos criterios suponen una discriminación de las personas con discapacidad para adquirir la condición de persona acogedora, “que sería, además, tanto como considerar que una persona con discapacidad no está capacitada para ser padre/madre biológico/a”. En opinión del Consejo, el decreto invierte la carga de la prueba, “pues establece con carácter general la presunción de incapacidad de las personas con discapacidad para ser acogedoras, en lugar de presumir su capacidad”, por lo que considera que, en todo caso, debería ser la administración correspondiente la que acreditara dicha incapacidad.

Formación en habilidades

El dictamen incluye otras recomendaciones, entre ellas, una definición más detallada de la distinción entre el acogimiento familiar especializado y el acogimiento familiar profesionalizado. También pide que se incluya como criterio para valorar la adecuación de las familias o personas acogedoras su capacidad para asumir el carácter temporal de la medida, de modo que quede claro que no se trata de un acogimiento preadoptivo. Para reforzar la seguridad jurídica en torno a este extremo, el Consejo recomienda que se indique expresamente en el decreto que los acogimientos familiares preadoptivos constituyen una situación especial a la que corresponde otra normativa.

Por último, el CES pide que las familias o personas acogedoras dispongan de toda la información de la persona menor de edad, incluyendo sus características familiares y personales, y que se les reconozca expresamente el derecho a recibir la formación en habilidades y competencias que sea necesaria para afrontar la sobrecarga familiar que podría derivarse de las necesidades específicas de la persona menor acogida.